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APROBADO SEGÚN DECRETO LEGISLATIVO N° 1465 DREJ PRECISA LINEAMIENTOS PARA LA GESTIÓN DE TABLETS EN LAS II.EE. PÚBLICAS26/10/2020

APROBADO SEGÚN DECRETO LEGISLATIVO N° 1465 DREJ PRECISA LINEAMIENTOS PARA LA  GESTIÓN DE TABLETS EN LAS II.EE. PÚBLICAS

Comprende su recepción y entrega a los beneficiarios, así como el retorno, cautela, daños, pérdida o robo de los mismos.

 

La Dirección Regional de Educación de Junín (DREJ) informa sobre los lineamientos para la gestión de las tabletas y sus complementos en las instituciones educativas públicas de la Educación Básica Regular (EBR) de los niveles de primaria y secundaria focalizadas, de los ámbitos rurales y urbanos del quintil I y II de pobreza, en el marco del Decreto Legislativo N° 1465, normas complementarias y la estrategia Cierre de brecha digital.

Al respecto, el director regional de Educación, Bladimir César López Leyva, refirió que la norma comprende actividades a fin de garantizar la distribución, recepción, almacenamiento y entrega de las tabletas y complementos a los beneficiarios, así como su registro, el retorno y la cautela de estos a la I. E. una vez que haya cumplido con su fin pedagógico y sobre los daños, pérdida o robo de las tabletas; durante la prestación no presencial del servicio educativo del año escolar 2020.

Agregó que cada I. E. deberá conformar la Comisión de Gestión de Recursos Educativos y Mantenimiento de Infraestructura conformada por el director, un representante de los padres de familia y un docente o un personal administrativo, quienes participan en el proceso de recepción y entrega de las tabletas y complementos a los beneficiarios de las II. EE. focalizadas, conforme a los lineamientos.

 

Dijo que el proceso de distribución de las tabletas se comunicará a través de las UGEL a los directores de las II. EE. y  a los integrantes de la Comisión de Gestión de Recursos Educativos y Mantenimiento de Infraestructura, quienes verificarán las cajas de las tablets sin golpes, rayaduras u otros,  funda protectora, adaptador de corriente y cable USB o panel solar y si las series corresponden, según lo indicado en el PECOSA respectiva.

 

“El director de cada I. E., con apoyo de la referida comisión,  adoptará las medidas necesarias para la entrega de las tabletas y sus complementos a los docentes y apoderados de los estudiantes beneficiarios, según los procedimientos” advirtió.

 

Finalmente dijo que los estudiantes beneficiarios del 4.º y 5.º grado del nivel primaria y del 1.er al 4.º grado del nivel secundaria y los estudiantes que permanezcan en el 6.º grado de primaria y 5.º grado de secundaria continuarán con el uso de las tabletas y sus complementos durante el período vacacional, siempre en cuando no hayan concluido satisfactoriamente el año lectivo.

MÁS DATOS

El director o representantes de las Unidades de Gestión Educativa Local (UGELs) deberán coordinar  con los directores de las II. EE. Focalizadas, sobre el diseño de estrategias y la implementación de las acciones establecidas en la mencionada norma.

 

El Tambo, 8 de Octubre del 2020